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Inventario de propiedades declaradas como estorbo público en Quebradillas, Puerto Rico bajo la Ley 107-2020, Código Municipal.Inventory of properties declared as public nuisances in Quebradillas, Puerto Rico under Law 107-2020, Municipal Code.

Sin Inventario Público
Declarados OficialmenteOfficially Declared

Propiedades declaradas oficialmente como estorbo público por el municipio según la Ley 107-2020. Estas propiedades están disponibles para adquisición mediante una carta de intención.Properties officially declared as public nuisances by the municipality under Law 107-2020. These properties are available for acquisition through a letter of intent.

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Reportes CiudadanosCitizen Reports

Propiedades reportadas por ciudadanos que aún no han sido inspeccionadas ni declaradas por el municipio. No están disponibles para adquisición, pero tu reporte ayuda a identificar propiedades abandonadas y acelera el proceso de declaración oficial.Properties reported by citizens that have not yet been inspected or declared by the municipality. They are not available for acquisition, but your report helps identify abandoned properties and accelerates the official declaration process.

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Filtros
Reporte ciudadano de estorbo público en F399+576 San José, Quebradillas, Puerto Rico, Quebradillas
Verificado
F399+576 San José, Quebradillas, Puerto Rico
Catastro: 009-091-044-01-001
Propietario: SUCN JOSE GARCIA RIOS

Deuda total: $5,787.93 (último año contributivo: 2021). Propiedad de sucesión. Servicio de agua inactivo. Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.

03/25/2026

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Estorbos públicos en Quebradillas, Puerto Rico

El inventario de estorbos públicos de Quebradillas que publica Estorbos.com incluye 0 propiedades declaradas formalmente por el municipio y 1 reportes ciudadanos verificados. Cada entrada contiene la dirección física de la propiedad, su número catastral asignado por el CRIM, el nombre del propietario registrado, el valor tasado cuando existe, y el estado actual del caso. Esta información se actualiza conforme el municipio de Quebradillas procesa nuevas declaraciones o los ciudadanos someten reportes adicionales.

Estorbos.com no es una entidad gubernamental. Los datos publicados provienen de fuentes municipales oficiales y de reportes ciudadanos que pasan por un proceso de verificación. La plataforma existe para facilitar el acceso público a información que la ley requiere que sea transparente.

Obligación legal de Quebradillas bajo el Artículo 4.011

El Artículo 4.011 del Código Municipal de Puerto Rico, establecido por la Ley 107-2020, obliga a cada uno de los 78 municipios de Puerto Rico a mantener y publicar un inventario actualizado de todas las propiedades declaradas estorbo público dentro de su jurisdicción. El inventario de Quebradillas debe incluir cinco elementos obligatorios: la ubicación física de cada propiedad, una descripción registral que detalle gravámenes y deudas con el CRIM, el número catastral asignado, el nombre del dueño o poseedor legal, y el valor de mercado determinado por tasación.

Este inventario debe estar disponible tanto en la Casa Alcaldía de Quebradillas como en su plataforma digital oficial o en una red social de alto alcance público. La ley requiere actualización trimestral. Actualmente, Estorbos.com no tiene registro de propiedades declaradas por Quebradillas, lo que puede indicar que el municipio no ha publicado su inventario o que aún no ha formalizado declaraciones.

Proceso de declaración de estorbo público en Quebradillas

Para que una propiedad en Quebradillas sea declarada estorbo público, el municipio debe seguir un proceso legal de tres etapas establecido en los Artículos 4.008, 4.009 y 4.010 del Código Municipal. No toda propiedad abandonada es automáticamente un estorbo público; la declaración formal requiere acción del gobierno municipal.

Primero, el municipio de Quebradillas identifica e inspecciona la propiedad para documentar su condición (Artículo 4.008). Segundo, notifica al propietario registrado y le concede un período de 30 días para oponerse a la declaración o solicitar una vista ante un Oficial Examinador (Artículo 4.009). Si el propietario no se opone dentro del plazo o no cumple con las órdenes resultantes de la vista, el municipio procede a emitir la declaración formal de estorbo público (Artículo 4.010). Una vez declarada, el propietario dispone de 60 días adicionales para remediar la situación antes de que Quebradillas pueda intervenir directamente en la propiedad.

Reportar una propiedad abandonada en Quebradillas

Si conoces una propiedad abandonada en Quebradillas que no aparece en este inventario, puedes documentarla a través de un reporte ciudadano. Tu reporte queda registrado públicamente en Estorbos.com, vinculado al municipio de Quebradillas, para que otros residentes puedan verlo y el municipio pueda considerarlo al planificar sus inspecciones. Los reportes ciudadanos incluyen la dirección de la propiedad, fotografías del estado actual, una descripción de las condiciones observadas, y datos catastrales del CRIM cuando están disponibles.

Quebradillas actualmente tiene 1 reportes ciudadanos documentados en Estorbos.com. Cada reporte complementa el inventario oficial y contribuye a que la comunidad tenga un registro más completo de las propiedades que necesitan atención municipal.

Adquirir una propiedad del inventario de Quebradillas

El Artículo 4.012 del Código Municipal permite a los ciudadanos adquirir propiedades que han sido declaradas estorbo público. Este no es un proceso de compraventa tradicional; es un procedimiento de expropiación que el municipio de Quebradillas inicia a favor del solicitante. Durante el primer año desde la declaración, el derecho de adquisición está reservado para ciudadanos con acceso limitado al mercado de vivienda. Transcurrido ese período, cualquier persona o entidad puede solicitar la adquisición.

Para iniciar el proceso en Quebradillas, el interesado debe presentar una carta de intención al municipio y depositar el valor tasado de la propiedad más un 10% adicional destinado a cubrir los costos del procedimiento legal. El municipio entonces gestiona la transferencia del título de propiedad mediante el proceso de expropiación establecido por ley.