Iniciativa ciudadana · Sin inversionistas
Somos una plataforma cívica independiente que documenta el inventario de propiedades en proceso de estorbo público en los 78 municipios de Puerto Rico. La ley ya decía que esa información es pública. Nosotros la reunimos y la publicamos.
Lo que hacemos
Estorbos.com es la plataforma cívica que documenta y publica, en un solo lugar, la información sobre propiedades en proceso de estorbo público en los 78 municipios de Puerto Rico. Operamos en servicio del Artículo 4.011 del Código Municipal, que establece que el inventario de propiedades declaradas estorbo público es información de carácter público.
La plataforma cumple dos funciones: facilitar a los ciudadanos el acceso a información que la ley requiere sea pública, y ofrecer a los municipios una infraestructura digital moderna para administrar su programa de estorbos públicos sin desarrollar tecnología propia.
Acceso público al inventario de propiedades en proceso de estorbo, herramientas para reportar propiedades abandonadas en sus comunidades, y un mecanismo digital para someter la carta de intención que establece el Artículo 4.012 del Código Municipal.
Infraestructura digital para publicar, mantener y actualizar el inventario de estorbos públicos conforme a la Ley 114-2024, recibir reportes ciudadanos enriquecidos con datos del CRIM, y administrar el flujo de cartas de intención de adquirentes.
De dónde viene esto
Estorbos.com nació de una experiencia personal. Intentar adquirir una propiedad abandonada en Puerto Rico bajo el procedimiento que establece el Artículo 4.012 del Código Municipal resultó ser un proceso que en la práctica nadie sabía explicar. Los municipios no publicaban inventarios digitales. No existía un formulario oficial para someter una carta de intención. No había manera de demostrar cuándo se sometió una notificación, ni de saber si alguien con conexiones había llegado primero.
Mientras tanto, había empresas privadas operando en más de veinte municipios con acceso privilegiado a las listas de propiedades, cobrando miles de dólares por propiedad, compartiendo inventarios con inversionistas antes que con el público, y sometiendo el proceso de estorbos públicos a una capa de intermediación que la ley nunca contempló.
El problema no era la ley. La ley es buena. El problema era que no existía la infraestructura digital para que los ciudadanos pudieran ejercer los derechos que la ley les garantiza, ni para que los municipios pudieran cumplir con las obligaciones de transparencia que la ley les impone.
Estorbos.com es la infraestructura que faltaba.
El equipo
Fundador
Héctor Garcia Torres es ingeniero de software puertorriqueño, originario de Aguada. Estudió Ciencias de Computadoras en Santa Monica College y Woodbury University, y trabaja además en estrategia de comunicaciones, manejo reputacional y operaciones empresariales.
En estorbos.com hace las cuatro cosas: la arquitectura técnica, la investigación legal del marco regulatorio, las comunicaciones institucionales con los municipios y el contenido editorial de la plataforma.
La plataforma opera sin inversionistas externos y sin depender de fondos públicos. Es una decisión práctica: nadie más tiene que estar de acuerdo con lo que se publica aquí.
LinkedInEl marco legal
El Artículo 4.011 del Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020, enmendada por las Leyes 114-2024 y 97-2026) requiere que cada municipio mantenga un inventario público de las propiedades declaradas estorbo público, con su ubicación, datos registrales, número catastral, titular y valor tasado.
La Ley 114-2024 añadió la obligación de actualizar este inventario trimestralmente y publicarlo en plataformas digitales o redes sociales de alto alcance público. Esa misma ley enmendó el Artículo 4.012, que establece el procedimiento mediante el cual cualquier ciudadano puede notificar al municipio su intención de adquirir una propiedad del inventario, y creó el Artículo 4.012A, un procedimiento de expropiación sumaria que prioriza a personas con acceso limitado al mercado tradicional de vivienda.
Estorbos.com opera enteramente dentro de este marco. Documentamos información que es pública por ley, y ofrecemos infraestructura digital para que los municipios cumplan con las obligaciones de transparencia y publicación que la legislación establece.
Transparencia
La información en estorbos.com proviene de fuentes públicas: avisos publicados en periódicos, anuncios oficiales en páginas de Facebook municipales, datos del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), ordenanzas municipales, y reportes ciudadanos. En algunos casos también recibimos información directamente de funcionarios municipales que comparten actualizaciones de su programa de estorbos públicos.
Como los municipios actualizan su información en distintos tiempos y a través de diferentes canales, los datos en la plataforma pueden tener variaciones respecto al estado actual de cualquier propiedad específica.
Para información oficial actualizada al día de hoy sobre cualquier propiedad, siempre confirma directamente con la oficina correspondiente del municipio donde se ubica la propiedad. Los municipios son la fuente oficial sobre el proceso de estorbos públicos.
¿Encontraste información que necesita corregirse? Escríbenos con el número de catastro o la dirección. Atendemos correcciones en el momento.
Reportar una correcciónLos límites
Estorbos.com publica información y organiza solicitudes. Nada más que eso.
No tenemos autoridad legal para declarar propiedades como estorbos públicos ni para iniciar procesos de expropiación. Esas decisiones le corresponden exclusivamente a los municipios.
No compramos ni vendemos propiedades. No manejamos dinero de compradores ni vendedores. No hacemos tasaciones. No representamos a nadie en tribunal.
El municipio toma todas las decisiones administrativas y legales. Nosotros organizamos y publicamos la información.
El dinero
Cualquier persona involucrada en el manejo de estorbos públicos tiene la obligación de explicar exactamente de dónde viene su dinero.
La plataforma es gratuita para los ciudadanos. Buscar tu pueblo, acceder al inventario, leer las guías, reportar una propiedad, dar seguimiento y generar tu carta de intención con sello de tiempo no cuesta nada. Siempre.
Los municipios que se integran tampoco pagan: ni por la publicación de su inventario, ni por recibir reportes ciudadanos, ni por el mantenimiento de la plataforma.
No cobramos por acceder al inventario, por llegar primero en la fila, por recibir avisos antes que nadie, ni por someter una carta de intención.
La plataforma se sostiene con la publicidad que ves en el sitio. Cualquier otro arreglo se pacta caso por caso y queda por escrito, y ninguno cambia nada de lo de arriba.
No tenemos inversionistas. No compramos ni vendemos propiedades. No tenemos interés económico en ninguna propiedad en particular, ni incentivo para inflar valores, presionar ventas o priorizar a una persona sobre otra.
Quién adquiere una propiedad lo deciden el proceso legal y el orden en que llegan las solicitudes. Nunca lo que alguien nos pague.
Aquí está el nuestro.
Leemos todos los mensajes. Si eres funcionario municipal, hay una página con un formulario hecho para eso.