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Puerto Rico tiene 78 municipios. Estorbos.com documenta 4,921 propiedades declaradas estorbo público y 2,265 reportes ciudadanos verificados a través de toda la isla. Selecciona un municipio para ver su inventario completo, reportar propiedades abandonadas o someter una carta de intención.Puerto Rico has 78 municipalities. Estorbos.com documents 4,921 properties declared as public nuisances and 2,265 verified citizen reports across the island. Select a municipality to view its full inventory, report abandoned properties, or submit a letter of intent.

Cumple con Art. 4.011Compliant with Art. 4.011 No cumple con Art. 4.011Non-compliant with Art. 4.011 Modelo Art. 2.018 (Subasta)Art. 2.018 Model (Auction)

Región MetroMetro Region

8 municipios, 622 estorbos declarados, 540 reportes ciudadanos. 2 de 8 municipios en cumplimiento con el Art. 4.011.8 municipalities, 622 declared nuisances, 540 citizen reports. 2 of 8 municipalities in compliance with Art. 4.011.

Inventario de estorbos públicos en los 78 municipios de Puerto Rico

Estorbos.com documenta 4,921 propiedades declaradas estorbo público y 2,265 reportes ciudadanos verificados en los 78 municipios de Puerto Rico. Esta plataforma ciudadana publica de forma independiente los inventarios que el Artículo 4.011 del Código Municipal de Puerto Rico requiere que cada municipio mantenga actualizado y accesible al público. Los datos provienen de fuentes municipales oficiales y de reportes ciudadanos que pasan por un proceso de verificación antes de ser publicados en la plataforma.

Cada página municipal incluye el listado completo de propiedades declaradas con su número catastral del CRIM, dirección física, nombre del propietario registrado y valor tasado cuando está disponible. Los residentes de cada municipio pueden reportar propiedades abandonadas adicionales que no aparecen en el inventario oficial, o someter cartas de intención para adquirir propiedades del inventario bajo el Artículo 4.012 del Código Municipal. Estorbos.com actualiza los datos continuamente conforme los municipios procesan nuevas declaraciones y los ciudadanos someten reportes.

¿Qué es un estorbo público en Puerto Rico?

Un estorbo público es una estructura abandonada o solar baldío que ha sido formalmente declarado como tal por el gobierno municipal correspondiente. No toda propiedad abandonada es automáticamente un estorbo público; la declaración formal requiere un proceso legal específico. Este proceso está regulado por la Ley 107-2020, Código Municipal de Puerto Rico, enmendada por la Ley 114-2024, que establece las facultades y obligaciones de los municipios respecto a propiedades abandonadas.

El proceso de declaración tiene tres etapas. Primero, el municipio identifica la propiedad mediante inspección física y documenta su condición (Artículo 4.008). Segundo, notifica al dueño registrado quien tiene 30 días para oponerse a la declaración y solicitar una vista ante un Oficial Examinador (Artículo 4.009). Tercero, si el dueño no se opone dentro del plazo o no cumple con las órdenes resultantes de la vista, el municipio emite la declaración formal de estorbo público (Artículo 4.010). Una vez declarada, el propietario tiene 60 días adicionales para remediar la situación antes de que el municipio pueda intervenir directamente en la propiedad.

Requisitos del inventario municipal bajo el Artículo 4.011

El Artículo 4.011 del Código Municipal obliga a cada uno de los 78 municipios de Puerto Rico a mantener un inventario público actualizado de todas las propiedades declaradas estorbo público dentro de su jurisdicción. Por ley, este inventario debe incluir cinco datos específicos para cada propiedad: la ubicación física, la descripción registral incluyendo gravámenes y deuda con el CRIM, el número catastral asignado, el nombre del dueño o poseedor legal, y el valor de mercado determinado por tasación.

El inventario debe estar disponible en la Casa Alcaldía del municipio, en la plataforma digital del municipio o en una red social de alto alcance público, y debe actualizarse de forma trimestral. En la práctica, la gran mayoría de los 78 municipios de Puerto Rico no cumple con esta obligación de transparencia. No publican sus inventarios, no los actualizan, o simplemente no tienen una plataforma digital donde hacerlos accesibles. Estorbos.com existe para llenar ese vacío publicando los datos de forma independiente y accesible para todos los ciudadanos de Puerto Rico.

Reportar propiedades abandonadas

Si conoces una propiedad abandonada en cualquiera de los 78 municipios de Puerto Rico que no aparece en el inventario, puedes reportarla directamente desde Estorbos.com. El formulario de reporte permite incluir la dirección de la propiedad, el municipio donde está ubicada, fotografías del estado actual y una descripción de las condiciones observadas. Tu reporte queda registrado públicamente para que otros residentes puedan verlo y el municipio pueda considerarlo al planificar sus inspecciones bajo el Artículo 4.008. Los reportes ciudadanos complementan el inventario oficial y contribuyen a que la comunidad tenga un registro más completo de propiedades que necesitan atención municipal.

Adquirir propiedades declaradas estorbo público

Adquirir un estorbo público no es una compraventa tradicional. Es un proceso de expropiación que el municipio inicia a favor del solicitante, regulado por el Artículo 4.012 del Código Municipal. Para iniciar el proceso, el interesado debe notificar al municipio su intención de adquirir la propiedad y depositar el valor tasado más un 10% adicional para cubrir los costos del procedimiento legal. Durante el primer año desde la declaración, el derecho de adquisición está reservado para ciudadanos con acceso limitado al mercado tradicional de vivienda. Transcurrido ese período, el municipio puede vender la propiedad a otros interesados, incluyendo inversionistas y entidades privadas.

Preguntas frecuentes sobre estorbos públicos en Puerto Rico

¿Puedo comprar una propiedad abandonada directamente? No. Las propiedades declaradas estorbo público no se compran en el mercado abierto. El proceso de adquisición es mediante expropiación, que el municipio gestiona a favor del solicitante bajo el Artículo 4.012 del Código Municipal.

¿Quién puede reportar una propiedad abandonada? Cualquier persona puede someter un reporte ciudadano en Estorbos.com. No necesitas ser residente del municipio ni identificarte. Los reportes son anónimos por defecto, aunque puedes incluir tu correo electrónico si deseas recibir actualizaciones.

¿Estorbos.com es una entidad del gobierno? No. Estorbos.com es una plataforma ciudadana independiente. No tiene autoridad para declarar estorbos públicos, aprobar ventas ni intervenir propiedades. Esas facultades son exclusivas de cada gobierno municipal bajo la Ley 107-2020.

¿Con qué frecuencia se actualizan los datos? Los datos en Estorbos.com se actualizan continuamente conforme los municipios procesan nuevas declaraciones y los ciudadanos someten reportes. La ley requiere que los municipios actualicen sus inventarios trimestralmente, aunque muchos no cumplen con esta obligación.

¿Por qué algunos municipios muestran cero estorbos? Un municipio con cero estorbos en Estorbos.com no significa que no tenga propiedades abandonadas. Puede significar que el municipio no ha publicado su inventario, que no ha completado el proceso de declaración para ninguna propiedad, o que Estorbos.com aún no ha integrado los datos de ese municipio. Los reportes ciudadanos ayudan a documentar estas propiedades.

Directorio de municipios de Puerto Rico

A continuación se listan los 78 municipios de Puerto Rico con la cantidad de propiedades declaradas estorbo público y reportes ciudadanos documentados en Estorbos.com para cada uno.

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3 de abril de 2026