Propiedades documentadas en el proceso de estorbo público en Luquillo, Puerto Rico bajo la Ley 107-2020, Código Municipal.Properties documented in the public nuisance process in Luquillo, Puerto Rico under Law 107-2020, Municipal Code.
Sin Inventario Público
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Dirección Google
97FP+72 Luquillo, Puerto Rico 00773
Declarado
Municipio no lo ha tasado
Declarado Oficialmente: Propiedad oficialmente declarada estorbo público. Disponible para adquisición mediante carta de intención bajo el Artículo 4.012. También puede ser objeto del procedimiento sumario del Artículo 4.012A (Ley 114-2024), un camino distinto iniciado por el municipio; la regla de prioridad de ese camino, para personas con acceso limitado al mercado tradicional, aplica a propiedades rehabilitables como residencias.
Dirección CRIM:14 Calle San Jose, Luquillo, PR
Catastro: 092-096-016-13-001
Propietario: Sanchez Torrens, Jose
Area: 204.4 m² (2,200 sqft)
Valor Total CRIM: $8,190
Valor Terreno CRIM: $460
Notas CRIM: Dueño CRIM: SANCHEZ TORRENS JOSE | Valor CRIM: $8,190 | Terreno: $460 | Estructura: $7,730 | Tributable: $8,190 | Fecha venta: 1988-04-18 | Comprador: SANCHEZ TORRENS JOSE | Vendedor: SANCHEZ RODRIGUEZ JO | Área: 204.4 m²
Declarado Oficialmente: Propiedad oficialmente declarada estorbo público. Disponible para adquisición mediante carta de intención bajo el Artículo 4.012. También puede ser objeto del procedimiento sumario del Artículo 4.012A (Ley 114-2024), un camino distinto iniciado por el municipio; la regla de prioridad de ese camino, para personas con acceso limitado al mercado tradicional, aplica a propiedades rehabilitables como residencias.
Dirección CRIM:12 Calle Progreso, Luquillo, PR
Catastro: 120-006-021-18-001
Propietario: Rosa Morales, Manuel
Area: 170.67 m² (1,837 sqft)
Valor Total CRIM: $4,676
Valor Terreno CRIM: $368
Notas CRIM: Dueño CRIM: ROSA MORALES MANUEL | Valor CRIM: $4,676 | Terreno: $368 | Estructura: $4,308 | Tributable: $4,676 | Área: 170.7 m²
Declarado Oficialmente: Propiedad oficialmente declarada estorbo público. Disponible para adquisición mediante carta de intención bajo el Artículo 4.012. También puede ser objeto del procedimiento sumario del Artículo 4.012A (Ley 114-2024), un camino distinto iniciado por el municipio; la regla de prioridad de ese camino, para personas con acceso limitado al mercado tradicional, aplica a propiedades rehabilitables como residencias.
Dirección CRIM:COMM FORTUNA 1 , SOLAR 127A, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 092-071-008-17-001
Propietario: De Jesus Boria Marcos
Area: 1,099.53 m² (11,835 sqft)
Valor Total CRIM: $3,300
Valor Terreno CRIM: $400
Notas CRIM: Dueño CRIM: DE JESUS BORIA MARCOS | Valor CRIM: $3,300 | Terreno: $400 | Estructura: $2,900 | Área: 1099.5 m²
Declarado Oficialmente: Propiedad oficialmente declarada estorbo público. Disponible para adquisición mediante carta de intención bajo el Artículo 4.012. También puede ser objeto del procedimiento sumario del Artículo 4.012A (Ley 114-2024), un camino distinto iniciado por el municipio; la regla de prioridad de ese camino, para personas con acceso limitado al mercado tradicional, aplica a propiedades rehabilitables como residencias.
Dirección CRIM:COMM VILLA ANGELINAN 46 , ., PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 120-024-147-26-000
Propietario: Esquilin Ramos Daniel
Area: 441.22 m² (4,749 sqft)
Valor Total CRIM: $198
Valor Terreno CRIM: $198
Notas CRIM: Dueño CRIM: ESQUILIN RAMOS DANIEL | Valor CRIM: $198 | Terreno: $198 | Tributable: $198 | Última venta: $1 | Fecha venta: 1978-11-17 | Comprador: ESQUILIN RAMOS DANIE | Vendedor: MENDEZ RIVERA EDGAR | Finca: 7464 | Escritura: Tomo 138, Folio 135 | Área: 441.2 m²
Declarado Oficialmente: Propiedad oficialmente declarada estorbo público. Disponible para adquisición mediante carta de intención bajo el Artículo 4.012. También puede ser objeto del procedimiento sumario del Artículo 4.012A (Ley 114-2024), un camino distinto iniciado por el municipio; la regla de prioridad de ese camino, para personas con acceso limitado al mercado tradicional, aplica a propiedades rehabilitables como residencias.
Dirección CRIM:URB VISTAS DE LUQUILLO , ., PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 120-014-215-12-001
Propietario: Santiago Wilcox William D
Area: 427.93 m² (4,606 sqft)
Valor Total CRIM: $9,570
Valor Terreno CRIM: $2,450
Notas CRIM: Dueño CRIM: SANTIAGO WILCOX WILLIAM D | Valor CRIM: $9,570 | Terreno: $2,450 | Estructura: $7,120 | Tributable: $9,570 | Área: 427.9 m²
Declarado Oficialmente: Propiedad oficialmente declarada estorbo público. Disponible para adquisición mediante carta de intención bajo el Artículo 4.012. También puede ser objeto del procedimiento sumario del Artículo 4.012A (Ley 114-2024), un camino distinto iniciado por el municipio; la regla de prioridad de ese camino, para personas con acceso limitado al mercado tradicional, aplica a propiedades rehabilitables como residencias.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:CALLE MIRAMAR , PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 092-086-006-14-001
Propietario: DIAZ FIGUEROA MERCEDES
Valor Total CRIM: $7,407
Valor Terreno CRIM: $1,193
Valor Estructura CRIM: $6,214
Descripción: Deuda total: $136,898.68 (último año contributivo: 2021). Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:BO JUAN MARTIN , LOTE C, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 149-016-023-18-001
Propietario: CHICO PACHECO JUAN
Valor Total CRIM: $370
Valor Terreno CRIM: $0
Valor Estructura CRIM: $370
Descripción: Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:COMM CANTA GALLO , SOLAR 50, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 119-050-119-08-001
Propietario: QUEVEDO HERRERA PEDRO FERNEY
Valor Total CRIM: $8,570
Valor Terreno CRIM: $490
Valor Estructura CRIM: $8,080
Descripción: Deuda total: $14,665.33 (último año contributivo: 2021). Última venta: año 2007 por $30,000.00 a QUEVEDO HERRERA PRDR. Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Descripción: Deuda total: $420.49 (último año contributivo: 2021). Última venta: año 1995 por $14,000.00 a LATTIG SAVINELLI KEI. Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:BO MATA DE PLATANO , CALLE 2 SOLAR 18, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 120-024-142-25-000
Propietario: CASILLAS CASTRO JOEL
Valor Total CRIM: $7,083
Valor Terreno CRIM: $198
Valor Estructura CRIM: $6,885
Descripción: Última venta: año 2013 por $40,000.00 a CASILLAS CASTRO JOEL. Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:BO JUAN MARTIN , SEC BORRAS, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 121-071-212-19-000
Propietario: ADMINISTRACION DE DESARROLLO Y MEJORAS DE VIVIENDA
Valor Total CRIM: $8,387
Valor Terreno CRIM: $330
Valor Estructura CRIM: $8,057
Descripción: Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:COMM BORRAS 2, BO JUAN MARTIN, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 120-070-001-05-000
Propietario: PEREZ SANTANA MARGARITA
Valor Total CRIM: $4,980
Valor Terreno CRIM: $284
Valor Estructura CRIM: $4,696
Descripción: Deuda total: $14,422.54 (último año contributivo: 2021). Última venta: año 1965 por $1.00 a PEREZ SANTANA MARGAR. Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:52, CALLE 14 DE JULIO, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 092-086-001-05-000
Propietario: SURFING PUERT RICO ADVENTURES, INC
Valor Total CRIM: $348
Valor Terreno CRIM: $348
Valor Estructura CRIM: $0
Descripción: Última venta: año 2020 por $17,000.00 a SURFING PR ADVENTURE. Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:COMM BORRAS 2A, ., PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 120-070-001-09-000
Propietario: ADMINISTRACION DE DESARROLLO Y MEJORAS DE VIVIENDA
Valor Total CRIM: $2,513
Valor Terreno CRIM: $212
Valor Estructura CRIM: $2,301
Descripción: Deuda total: $2,664.07 (último año contributivo: 2021). Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:55, CALLE PROGRESO, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 120-006-022-01-901
Propietario: FIGUEROA CARDONA ALEJO
Valor Total CRIM: $910
Valor Terreno CRIM: $910
Valor Estructura CRIM: $0
Descripción: Deuda total: $302.55 (último año contributivo: 2018). Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:BO JUAN MARTIN , LOTE C, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 149-016-023-19-001
Propietario: AGRIPIN RAMOS SANTIAGO
Valor Total CRIM: $1,100
Valor Terreno CRIM: $0
Valor Estructura CRIM: $1,100
Descripción: Deuda total: $10,757.20 (último año contributivo: 2021). Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
Importante: Este es un reporte ciudadano, no una propiedad oficialmente declarada como estorbo público por el municipio. Los reportes ayudan a los municipios a identificar y tomar acción sobre propiedades abandonadas. En el futuro, esta propiedad podría ser declarada, pero actualmente no está disponible para adquisición a través del proceso de estorbo público.
Dirección CRIM:BO JUAN MARTIN , SEC BORRAS, PR, Puerto Rico, 00000
Catastro: 121-071-212-18-000
Propietario: ADMINISTRACION DE DESARROLLO Y MEJORAS DE VIVIENDA
Valor Total CRIM: $7,780
Valor Terreno CRIM: $311
Valor Estructura CRIM: $7,469
Descripción: Esta propiedad fue identificada mediante imágenes de Google Street View, por lo que la imagen podría no reflejar el estado actual de la estructura. La información catastral y los datos de la propiedad fueron obtenidos a través del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y el número de catastro fue asociado mediante coordenadas geográficas, lo cual puede resultar en discrepancias. Que esta propiedad aparezca en la sección de reportes ciudadanos no significa que sea un estorbo público. Esta plataforma es una iniciativa ciudadana independiente y no es un portal oficial del gobierno de Puerto Rico ni de ningún municipio. Si usted es el dueño de esta propiedad y entiende que la información presentada es incorrecta, la imagen está desactualizada, o el catastro no corresponde a su propiedad, favor comunicarse a contacto@estorbos.com para realizar la corrección.
El 16 de octubre de 2025, la Legislatura Municipal de Luquillo aprobó la Ordenanza Núm. 07, Serie 2025, firmada por el alcalde Hon. Jesús G. Márquez Rodríguez el 31 de octubre de 2025. La ordenanza derogó la Ordenanza Núm. 11 de 2019-2020 y adoptó el Reglamento para la Declaración de Estorbos Públicos del Municipio de Luquillo.
El proceso lo maneja el Municipio, al que el reglamento llama indistintamente la Oficina o el Departamento; la vista la preside un Oficial Examinador nombrado por el alcalde. Un detalle de fechas importa: el reglamento es de octubre de 2025, posterior a la Ley 114-2024 (que entró en vigor el 29 de julio de 2024). Por eso, a diferencia del reglamento de 2019-2020 que sustituyó, incorpora la escalera mensual de multas y el procedimiento sumario de expropiación del Artículo 4.012A. El reglamento descansa en un mecanismo de rebeldía: si el dueño no responde a la determinación preliminar, el municipio puede declarar la propiedad estorbo público de forma expedita.
Luquillo tiene 104 propiedades registradas en su programa de estorbos públicos y 25 reportes ciudadanos verificados. Para una explicación detallada del flujo, lee Cómo funciona el proceso de estorbos en Luquillo.
El proceso de declaración paso a paso
El reglamento estructura el proceso de declaración en cinco etapas.
Inicio e investigación (Arts. 3 y 4). El proceso lo maneja el Municipio (la Oficina o el Departamento), por iniciativa propia o por una queja ciudadana; el municipio provee un formulario para radicar querellas. La investigación busca nombres y direcciones del dueño en el CRIM, el Registro de la Propiedad y, para personas jurídicas, el Registro de Corporaciones del Departamento de Estado.
Determinación preliminar (Art. 5). Si hay base, el Departamento notifica una determinación preliminar que desglosa las faltas e informa del derecho a solicitar una vista administrativa dentro de 30 días calendario ante un Oficial Examinador, o a contestar por escrito en el mismo plazo.
Rebeldía o vista (Arts. 6 y 7). Si no se responde, se anota la rebeldía y el municipio puede declarar la propiedad estorbo. Si la parte responde, un Oficial Examinador nombrado por el alcalde preside la vista y, de proceder, emite una orden con un plazo no mayor de 30 días calendario para subsanar (prórrogas que en conjunto no exceden 90 días para demolición y limpieza, o un año para los demás casos).
Declaración final (Art. 8). Si la parte no comparece, el Departamento emite la resolución de declaración final; si compareció pero no cumplió la orden, la emite el Oficial Examinador.
Plazo para subsanar (Art. 11). Desde la notificación de la resolución y orden final, el propietario tiene 60 días calendario para subsanar antes de que el municipio intervenga e imponga multas.
El Artículo 11(c) del reglamento establece cuatro modalidades de multa independientes, todas condonables bajo el Artículo 15.
Multa por estorbo público (mensual y escalonada): $500 con la declaración final, $1,500 el primer mes, $3,500 el segundo, y $5,000 el tercer mes y subsiguientes. En seis meses, una propiedad sin subsanar acumula unos $25,500 solo por esta multa; en doce meses, $55,500.
Multa por limpieza: $5,000 trimestral si el municipio tiene que intervenir.
Multa por reincidencia: $1,500 / $3,500 / $5,000, solo para casos declarados estorbo público antes de la Ley 114-2024.
Multa por remoción de rótulo: $500 fijos por cada rótulo de declaración final removido de la propiedad.
Costos de gestiones (Art. 12). Fijos para toda propiedad que llega a una declaración final: inspección $100, inspección de seguimiento $60, informe de declaración preliminar $250, preparación y notificación de denuncia $70, impresión y colocación de rotulación $155, investigación de Registro y CRIM $45, gastos legales $450, y 30% de gastos administrativos sobre el subtotal. Total: $1,469.00 por cada propiedad declarada estorbo público.
Costos de limpieza (Art. 13). Cuando el municipio interviene, se certifican caso por caso: recogido de escombros $500 por viaje; limpieza de solar $3.20 por metro cuadrado; labor por hora de los trabajadores municipales más 35%; equipo y vehículos a la tarifa vigente del FEMA Schedule of Equipment Rates. Otros gastos contratados, como la demolición, se cobran al costo real más 10% (Art. 14).
Condonación (Art. 15). El alcalde, con el consentimiento y aval de la Legislatura Municipal, puede condonar las multas, total o parcialmente, en seis situaciones: fuerza mayor, errores en los datos del CRIM, estructura ocupada como residencia principal por un poseedor con dominio, levantamiento de la rebeldía, enfermedad incapacitante, y rehabilitación de la propiedad.
Cómo el municipio adquiere y dispone de propiedades
Una vez declarada la propiedad estorbo público, el Artículo 11(f) del reglamento le da al municipio cinco vías para adquirirla: la expropiación por utilidad pública (mediante los Artículos 2.018, 4.012 o 4.012A del Código Municipal); la revocación de usufructo (Art. 2.026) cuando el estorbo está en un solar municipal cedido bajo ese derecho; la herencia ab intestato (Art. 1727 del Código Civil) cuando no hay herederos; la adjudicación judicial cuando los herederos no reclaman tras cinco años (Art. 4.010(e) del Código); y la dación en pago. En la expropiación, del cálculo de justa compensación se deducen la deuda con el CRIM, las multas y los gastos de limpieza y mantenimiento (Art. 4.010 del Código).
Para disponer de las propiedades adquiridas, el Artículo 17 permite al municipio retener la titularidad para sus propios usos, transferirlas a su Banco de Tierras (Art. 4.005 del Código), donarlas a una entidad sin fines de lucro (Art. 2.033 del Código), o disponerlas por los mecanismos del Capítulo IV del Código. Cuando el municipio radica la Petición de Expropiación junto a la Declaración para la Adquisición y Entrega Material de la Propiedad (Regla 58.3 de Procedimiento Civil), el título absoluto de dominio queda investido en el municipio de inmediato. Cada proceso de expropiación y enajenación requiere la aprobación de la Legislatura Municipal, conforme a los Artículos 1.039 y 2.021 del Código (Art. 20).
El fondo rotativo (Art. 19). El 75% de los ingresos por ventas se destina al Programa de Estorbos Públicos, la rehabilitación de viviendas, el Banco de Tierras Comunitarias, garantías para préstamos y subsidios para futuras ventas; el 25% restante a otros fines municipales.
El Artículo 3 del reglamento permite que el proceso de declaración se inicie con una queja ciudadana, y el municipio provee un formulario para facilitar la radicación de querellas. El municipio también puede entrar en acuerdos de colaboración con organizaciones de base comunitaria y sin fines de lucro para levantar inventarios de posibles estorbos públicos.
Si conoces una propiedad abandonada en Luquillo que no aparece en este inventario, puedes documentarla a través de un reporte ciudadano. Tu reporte queda registrado públicamente en Estorbos.com, vinculado al municipio de Luquillo, para que otros residentes puedan verlo y el municipio pueda considerarlo al planificar sus inspecciones.
Luquillo actualmente tiene 25 reportes ciudadanos documentados en Estorbos.com. Cada reporte complementa el inventario oficial y contribuye a que la comunidad tenga un registro más completo de las propiedades que necesitan atención municipal.
Estorbos públicos en otros municipios de Puerto Rico
Además de Luquillo, Estorbos.com publica inventarios de estorbos públicos y reportes ciudadanos para los demás municipios de Puerto Rico. Explora cada municipio para ver sus propiedades declaradas, reportes pendientes y datos del CRIM.