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Juncos

Inventario de propiedades declaradas como estorbo público en Juncos, Puerto Rico bajo la Ley 107-2020, Código Municipal.Inventory of properties declared as public nuisances in Juncos, Puerto Rico under Law 107-2020, Municipal Code.

Sin Inventario Público
Declarados OficialmenteOfficially Declared

Propiedades declaradas oficialmente como estorbo público por el municipio según la Ley 107-2020. Estas propiedades están disponibles para adquisición mediante una carta de intención.Properties officially declared as public nuisances by the municipality under Law 107-2020. These properties are available for acquisition through a letter of intent.

240
Reportes CiudadanosCitizen Reports

Propiedades reportadas por ciudadanos que aún no han sido inspeccionadas ni declaradas por el municipio. No están disponibles para adquisición, pero tu reporte ayuda a identificar propiedades abandonadas y acelera el proceso de declaración oficial.Properties reported by citizens that have not yet been inspected or declared by the municipality. They are not available for acquisition, but your report helps identify abandoned properties and accelerates the official declaration process.

41
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Filtros
Dirección Google
Comm Placita 1, Juncos, PR
Declarado
Propiedad declarada estorbo público en Comm Placita 1, Juncos, PR, Juncos
Municipio no lo ha tasado
Dirección CRIM: Comm Placita 1, Juncos, PR
Catastro: 201-084-306-34-000
Propietario: Ochenda Nogues Daniel
Declarado: 04/20/2021
Dirección Google
Comm Canta Gallo 156, Juncos, PR
Declarado
Propiedad declarada estorbo público en Comm Canta Gallo 156, Juncos, PR, Juncos
Municipio no lo ha tasado
Dirección CRIM: Comm Canta Gallo 156, Juncos, PR
Catastro: 227-011-006-03-001
Propietario: Adm Des Y Mejoras Vivienda
Declarado: 04/20/2021
Dirección Google
Rivera Ortiz Rodolfo, Comm Canta Gallo, Juncos, PR
Declarado
Propiedad declarada estorbo público en Rivera Ortiz Rodolfo, Comm Canta Gallo, Juncos, PR, Juncos
Municipio no lo ha tasado
Dirección CRIM: Rivera Ortiz Rodolfo, Comm Canta Gallo, Juncos, PR
Catastro: 227-011-526-06-001
Propietario: Rivera Ortiz Rodolfo
Declarado: 04/20/2021
Dirección Google
Comm Placita I, Juncos, PR
Declarado
Propiedad declarada estorbo público en Comm Placita I, Juncos, PR, Juncos
Municipio no lo ha tasado
Dirección CRIM: Comm Placita I, Juncos, PR
Catastro: 201-049-582-11-000
Propietario: Sucn Melendez Azcuaga Ramon
Declarado: 04/20/2021
Dirección Google
Calle A Repto Valenciano, Juncos, PR
Declarado
Propiedad declarada estorbo público en Calle A Repto Valenciano, Juncos, PR, Juncos
Municipio no lo ha tasado
Dirección CRIM: Calle A Repto Valenciano, Juncos, PR
Catastro: 227-021-241-09-002
Propietario: Rivera Garcia Vivian
Declarado: 04/20/2021
Dirección Google
Lote 10 Calle Daguao, Juncos, PR
Declarado
Propiedad declarada estorbo público en Lote 10 Calle Daguao, Juncos, PR, Juncos
Municipio no lo ha tasado
Dirección CRIM: Lote 10 Calle Daguao, Juncos, PR
Catastro: 201-088-299-06-001
Propietario: Ortiz Teofila
Declarado: 04/20/2021
Dirección Google
Carr 929 Km 1.9 Bo Lirios, Juncos, PR
Declarado
Propiedad declarada estorbo público en Carr 929 Km 1.9 Bo Lirios, Juncos, PR, Juncos
Municipio no lo ha tasado
Dirección CRIM: Carr 929 Km 1.9 Bo Lirios, Juncos, PR
Catastro: 236-096-015-19-001
Propietario: Velez Torres Margarita
Declarado: 04/20/2021
Dirección Google
Barrio Pueblo, Juncos, PR
Declarado
Propiedad declarada estorbo público en Barrio Pueblo, Juncos, PR, Juncos
Municipio no lo ha tasado
Dirección CRIM: Barrio Pueblo, Juncos, PR
Catastro: 227-072-080-19
Propietario: Desconocido
Declarado: 04/20/2021

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Repórtalo aquí

Estorbos públicos en Juncos, Puerto Rico

El inventario de estorbos públicos de Juncos que publica Estorbos.com incluye 240 propiedades declaradas formalmente por el municipio y 41 reportes ciudadanos verificados. Cada entrada contiene la dirección física de la propiedad, su número catastral asignado por el CRIM, el nombre del propietario registrado, el valor tasado cuando existe, y el estado actual del caso. Esta información se actualiza conforme el municipio de Juncos procesa nuevas declaraciones o los ciudadanos someten reportes adicionales.

Estorbos.com no es una entidad gubernamental. Los datos publicados provienen de fuentes municipales oficiales y de reportes ciudadanos que pasan por un proceso de verificación. La plataforma existe para facilitar el acceso público a información que la ley requiere que sea transparente.

Obligación legal de Juncos bajo el Artículo 4.011

El Artículo 4.011 del Código Municipal de Puerto Rico, establecido por la Ley 107-2020, obliga a cada uno de los 78 municipios de Puerto Rico a mantener y publicar un inventario actualizado de todas las propiedades declaradas estorbo público dentro de su jurisdicción. El inventario de Juncos debe incluir cinco elementos obligatorios: la ubicación física de cada propiedad, una descripción registral que detalle gravámenes y deudas con el CRIM, el número catastral asignado, el nombre del dueño o poseedor legal, y el valor de mercado determinado por tasación.

Este inventario debe estar disponible tanto en la Casa Alcaldía de Juncos como en su plataforma digital oficial o en una red social de alto alcance público. La ley requiere actualización trimestral. Actualmente, el inventario de Juncos en Estorbos.com contiene 240 propiedades declaradas. Estorbos.com complementa la obligación municipal publicando estos datos de forma accesible para todos los ciudadanos.

Proceso de declaración de estorbo público en Juncos

Para que una propiedad en Juncos sea declarada estorbo público, el municipio debe seguir un proceso legal de tres etapas establecido en los Artículos 4.008, 4.009 y 4.010 del Código Municipal. No toda propiedad abandonada es automáticamente un estorbo público; la declaración formal requiere acción del gobierno municipal.

Primero, el municipio de Juncos identifica e inspecciona la propiedad para documentar su condición (Artículo 4.008). Segundo, notifica al propietario registrado y le concede un período de 30 días para oponerse a la declaración o solicitar una vista ante un Oficial Examinador (Artículo 4.009). Si el propietario no se opone dentro del plazo o no cumple con las órdenes resultantes de la vista, el municipio procede a emitir la declaración formal de estorbo público (Artículo 4.010). Una vez declarada, el propietario dispone de 60 días adicionales para remediar la situación antes de que Juncos pueda intervenir directamente en la propiedad.

Reportar una propiedad abandonada en Juncos

Si conoces una propiedad abandonada en Juncos que no aparece en este inventario, puedes documentarla a través de un reporte ciudadano. Tu reporte queda registrado públicamente en Estorbos.com, vinculado al municipio de Juncos, para que otros residentes puedan verlo y el municipio pueda considerarlo al planificar sus inspecciones. Los reportes ciudadanos incluyen la dirección de la propiedad, fotografías del estado actual, una descripción de las condiciones observadas, y datos catastrales del CRIM cuando están disponibles.

Juncos actualmente tiene 41 reportes ciudadanos documentados en Estorbos.com. Cada reporte complementa el inventario oficial y contribuye a que la comunidad tenga un registro más completo de las propiedades que necesitan atención municipal.

Adquirir una propiedad del inventario de Juncos

El Artículo 4.012 del Código Municipal permite a los ciudadanos adquirir propiedades que han sido declaradas estorbo público. Este no es un proceso de compraventa tradicional; es un procedimiento de expropiación que el municipio de Juncos inicia a favor del solicitante. Durante el primer año desde la declaración, el derecho de adquisición está reservado para ciudadanos con acceso limitado al mercado de vivienda. Transcurrido ese período, cualquier persona o entidad puede solicitar la adquisición.

Para iniciar el proceso en Juncos, el interesado debe presentar una carta de intención al municipio y depositar el valor tasado de la propiedad más un 10% adicional destinado a cubrir los costos del procedimiento legal. El municipio entonces gestiona la transferencia del título de propiedad mediante el proceso de expropiación establecido por ley.