
Vendido en Subasta
Propiedad vendida en subasta pública.
Propiedad vendida en subasta pública.
San Lorenzo - Catastro 252-087-054-11-000

Vendido en Subasta
Propiedad vendida en subasta pública.
Un estorbo público es una estructura abandonada o solar baldío que ha sido formalmente declarado como tal por el municipio de San Lorenzo siguiendo el proceso establecido en la Ley 107-2020, Código Municipal de Puerto Rico, enmendada por la Ley 114-2024. No toda propiedad abandonada es automáticamente un estorbo público. El proceso requiere que el municipio inspeccione e identifique la propiedad y notifique al dueño, poseedor o persona con interés, quien tiene 30 días desde la notificación para oponerse y solicitar una vista (Artículo 4.008); si se solicita vista, un Oficial Examinador (ingeniero o abogado licenciado) la preside y emite la orden correspondiente (Artículo 4.009); y si el dueño no se opone o no cumple con las órdenes, el municipio emite la declaración formal (Artículo 4.010). Una vez declarada, el dueño tiene 60 días adicionales para remediar la situación antes de que el municipio pueda intervenir directamente.
El Artículo 4.011 obliga a San Lorenzo a mantener un inventario actualizado con cinco elementos: la ubicación física, descripción registral con gravámenes y deuda CRIM, número catastral, nombre del propietario, y valor de mercado por tasación. El inventario debe estar disponible en la Casa Alcaldía y en una plataforma digital oficial del municipio o red social de alto alcance público, y debe actualizarse trimestralmente. Estorbos.com publica estos datos de forma independiente para facilitar el acceso ciudadano a la información que la ley requiere.
San Lorenzo opera bajo el Artículo 2.018(a)(10) de la Ley 107-2020. El municipio expropia las propiedades y las vende en subasta a viva voz.
Si tienes información adicional sobre esta propiedad en San Lorenzo, como su condición actual, si está habitada, si representa un riesgo para la comunidad, o si ha cambiado de estado, puedes enviar un reporte ciudadano para que quede documentado públicamente.
Estas son otras propiedades documentadas por Estorbos.com en San Lorenzo en distintas etapas del proceso de estorbo público. Cada ficha incluye datos del catastro, dirección y valor tasado.
El PS 777 pasó por el Senado y la Cámara y espera la firma de la Gobernadora. Si lo firma, cambia las reglas que usan los municipios para tratar con las propiedades abandonadas en Puerto Rico: cómo se declaran estorbo público, qué plazos tendrá el dueño, cómo se cobran los gastos y quién termina con la propiedad.
Lo que el PS 777 cambia para los estorbos públicos en Puerto Rico →15 de mayo de 2026